Recientemente se aprobó la reforma al decreto 42-2010 del Congreso de la República, ley que promueve el turismo interno, en la cual además del Día del Ejército, ahora se aplica también al 1 de mayo, 20 de octubre y en los descansos establecidos en otras leyes. La reforma implica que si un asueto cae martes o miércoles se debe gozar lunes anterior y que si cae jueves, viernes, sábado o domingo se debe gozar el lunes siguiente. No se incluyen en esta normativa el 1 de enero; medio día de miércoles, jueves y viernes santo; 10 de mayo; 15 de septiembre; 1 de noviembre; medio día del 24 y 25 de diciembre; medio día del 30 de diciembre, así como el día de la festividad de la localidad.
Debido a que esta reforma entra en vigencia el próximo 18 de octubre, la conmemoración del Día de la revolución este año se constituirá en fin de semana largo, dado que cae un sábado y, conforme a la nueva normativa, su deberá disfrutar el lunes 22 de octubre.
“A través de esta reforma, el Congreso de la República contribuye con el cumplimiento del artículo 119 de la Constitución, que indica que entre las obligaciones del Estado está el promover el desarrollo económico de la nación, estimulando la iniciativa en actividades turísticas y de otra naturaleza”,explicó el Director General del INGUAT, Jorge Mario Chajón. “Además, se está fomentando el turismo interno, desde dos perspectivas: la social, al permitir a las familias guatemaltecas disfrutar en comunión de un período de descanso continuo; y la económica, pues las comunidades anfitrionas se beneficiarán por el consumo de los turistas nacionales durante estos descansos”.
Fuente de información Comunicación INGUAT