lizethsoto@fashiontourismgt.com 6/04/2020
El Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación informa a lsector
AGRÍCOLA,PECUARIO E HIDROBIOLÓGICO y a la población en general:
Que el transporte de toda la producción de alimentos está exento de las
limitaciones a la libertad de locomoción decretadas. Por lo tanto,todos los
derivados del sector agropecuario pueden circular sin restricción de horarios y
entre departamentos.
Pescado, mariscos, frutas, verduras.
Alimentos de primera necesidad café granos básicos arroz fréjol, maíz.
Productos de ganadería mayor y menor animales vivos.
Material genético de reproducción, carnes y todos sus derivados como leche huevos, queso y similares.
Toda materia prima para la elaboración de productos alimenticios
Insumos agroquímicos fertilizantes,fungicidas,pesticidas,
bombas de fumigación, etc.
Concentrado para animales y productos veterinarios.
La producción agrícola,pecuaria e hidrobiológica es complementaria de la
actividadindustrialparagarantizarlacadenadeproduccióndealimentos.






