lizethsoto@fashiontourismgt.com México abril 9 del 2020 Foto SECTUR)
De acuerdo a la información de la Secretaria de Turismo SECTUR
El día de hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos técnicos relacionados con algunas actividades económicas descritas en el Acuerdo por el que se establecieron acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, publicado en el mismo DOF el pasado 31 de marzo.
Debido a la importancia del contenido de este nuevo Acuerdo, y en respaldo a las acciones emprendidas por la Secretaría de Salud, lo reproducimos íntegramente:
JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 4o, párrafo cuarto y 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o, fracción XV, 4o, fracción III, 7o, fracciones I y XV, 13, apartado A, fracciones V, IX y X, 133, fracción IV, 134 fracciones II y XIV, 141, 147 y 184 de la Ley General de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el 27 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2;
Que dentro de las acciones extraordinarias emitidas por el Titular del Ejecutivo Federal se contempló la posibilidad de que, la Secretaría de Salud, implemente las demás acciones extraordinarias que estime necesarias;
Que en el mismo sentido, el citado Decreto estableció que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán coordinarse para brindar los apoyos que sean requeridos por la Secretaría de Salud para la instrumentación de las medidas de mitigación y control de la citada enfermedad en nuestro país;
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, señalando que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia;
Que el 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, y
Que para brindar certeza respecto de las actividades referidas en los incisos c) y e) de la fracción II del ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.– Se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo del 2020.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta en tanto se declare terminada la emergencia que lo originó.

