Señor presidente del Consejo Permanente, embajador Tomás Pascual, señor secretario general, señora secretaria general adjunta, honorables representantes de los Estados miembros y delegados. Tengo el honor de dirigirme a este Consejo Permanente en nombre del Gobierno de la República de Guatemala y del señor presidente, Bernardo Arévalo de León. Agradezco profundamente la oportuna convocatoria a esta sesión extraordinaria del Consejo, solicitada por mi país para exponer la grave situación que se enfrenta en la nación y que amenaza la estabilidad institucional, la vigencia del orden constitucional y la continuidad del proceso democrático.
En los últimos días se han realizado una serie de actuaciones arbitrarias e ilegítimas por parte de operadores del sistema de justicia, de jueces y del Ministerio Público, orientadas a distorsionar los resultados de las Elecciones Generales de 2023, a desconocer la voluntad popular expresada en las urnas y a forzar la destitución de autoridades legítimamente electas por el pueblo guatemalteco, incluyendo diputadas, diputados, alcaldes, la vicepresidenta y el propio presidente de la República.
El Gobierno de Guatemala manifiesta su profunda preocupación ante las resoluciones dictadas el 24 de octubre de 2025 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, mediante las cuales se pretendió declarar la supuesta “nulidad absoluta” de la inscripción del partido político Movimiento Semilla, pese a que el proceso electoral de 2023 fue legalmente concluido y oficializado por el Tribunal Supremo Electoral mediante el Decreto 5-2023.
Estas acciones han sido declaradas improcedentes por la Corte de Constitucionalidad el día de ayer, resolviendo con lugar la acción constitucional de amparo planteada para la debida ejecución de la sentencia que la misma Corte había emitido el 14 de diciembre de 2023. En ese sentido, se advierte al juez para que, “en sus decisiones se abstenga de contravenir las disposiciones constitucionales o legales, en especial aquellas normas sobre las que descansa el sistema electoral democrático republicano representativo del Estado, ello tomando en consideración que actualmente los resultados del proceso electoral son inalterables”. Más aún, la sentencia de la Corte advierte al juez que se abstenga de incurrir en actos que pudieran caer en el delito de prevaricato, ya que considera que actuó fuera de su competencia, amenazando el orden constitucional.
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